miércoles, 19 de febrero de 2014

Educación, diversidad, desobediencia (1)



Este artículo tiene su origen en una comunicación presentada al II Congreso Internacional de Atención a la Diversidad (Murcia, febrero de 2000).
Fue publicado en el número 34/35 de la revista "Diálogos".


                        “Yo no puedo decir a mis muchachos que el único modo de amar la ley es obedecerla. Lo que puedo decirles es que deberán tener las leyes de los hombres en tal consideración que deberán observarlas cuando sean justas (es decir, cuando sean la fuerza del débil). Cuando por el contrario vean que no son justas (es decir, cuando sancionen el abuso del fuerte) deberán luchar para cambiarlas (...) Hay que tener el valor de decir a los jóvenes que todos somos soberanos, con lo cual la obediencia ya no es una virtud, sino la más engañosa de las tentaciones; que no crean poder escudarse con ella ni ante los hombres ni ante dios; que es preciso que cada uno se sienta el único responsable de todo”.
La cita une dos fragmentos de la ‘Carta a los jueces’ de Lorenzo Milani. Para romper el hielo e introducir el tema, que es su función, podían haberse escogido citas similares de autores más conocidos y usados en el ámbito de los estudios sobre Objeción de Conciencia, Desobediencia Civil, Obligación Política,...
Por ejemplo, aquella de J.M. Muller que afirma que “la desobediencia civil se basa en el reconocimiento del hecho, mucho tiempo ignorado, de que la obediencia a la ley implica la responsabilidad del ciudadano, y que, en consecuencia, el que se somete a una ley injusta, carga con una parte de la responsabilidad de esta injusticia”.
Aún más clásicas son las palabras de H.D. Thoreau: “lo deseable no es cultivar el respeto por la ley, sino por la justicia; la única obligación que tengo derecho a asumir es la de hacer en cada momento lo que crea justo”.
Y si se desean más recientes, cabe recurrir a las de D. Lyons recordando desde la Filosofía del Derecho que “un sistema jurídico no merece automáticamente el respeto que podríamos otorgarle con nuestra obediencia; el derecho debe ganarse ese respeto”.
Milani es, en nuestra bibliografía sobre estos temas, un punto de referencia menor, no lo suficientemente valorado. Aparece, sin embargo, como todo un clásico, numerosas veces empleado, de la Educación para la Paz. Al menos de las corrientes que otorgan un carácter preferencial a una de sus dimensiones, la educación para el conflicto, y consideran a este algo consustancial a la vida y, por tanto, a la propia educación.
Conflicto que, más allá (o incluso frente) a las nociones que lo consideran algo intrínsecamente malo y desagradable, aliado de la violencia y contrario a la paz (ya sea esta la paz social, la paz política,... la paz escolar); es entendido como un proceso natural, inevitable, sin el cual es casi imposible explicar procesos como los de cambios sociales o los de creación y desarrollo de relaciones interpersonales.
Conflicto, pues, que no se entiende como algo siempre negativo y frente al cual no cabe ni la tentación ni la tentativa de eliminarlo, sino las de regularlo, encauzarlo o resolverlo. Lo que está en cuestión, desde esta perspectiva, es el conjunto de medios y estrategias para la resolución pacífica y constructiva del mismo. O dicho de otra manera, lo que determina que el conflicto sea un factor positivo o negativo en las relaciones personales y grupales, en el desenvolvimiento de las comunidades, es la manera de regularlo.
            De ahí que esa Educación para la Paz que se mentaba (y vale para la educación para la tolerancia, la coeducación, la atención a la diversidad,... tan necesitadas a veces de interdisciplinariedad) sea una educación para no estar en paz, una educación empeñada en hacer aflorar los conflictos e incluso en generarlos. Una educación que entiende que la violencia es en sí negación del conflicto, silenciamiento, ocultación,... Una educación que entiende que buscar otras formas de vivir el conflicto es ensayar soluciones a las expresiones de violencia.
Violencia (como antes conflicto) entendida no en su versión más restringida, directa, sinónima casi excluyente de la agresividad, del maltrato físico (que también); sino en sentido amplio, con expresiones indirectas y estructurales. De la misma manera que la paz no se entiende sin más como ausencia de guerra, como situación opuesta a las formas bélicas de enfrentarse a conflictos.
El concepto de paz,  desde la perspectiva que se maneja, afecta a todas las dimensiones de la vida, hace referencia a una estructura social caracterizada por elevados grados de justicia y expresiones mínimas de violencia (Galtung); y exige tanto igualdad y reciprocidad en las relaciones, como espacios para la participación y la toma de decisiones. La paz, en definitiva, es tensión. No puede hablarse de paz, en este sentido, si las relaciones entre personas o grupos se caracterizan por el dominio, la falta de respeto, la desigualdad, la ausencia de reciprocidad,... Aunque los conflictos vinculados a estas situaciones permanezcan soterrados, apenas perceptibles.

1 comentario:

RaRo dijo...

Carlos, no puedo comunicar contigo y no encuentro tu mail, si puedes escríbeme a edicionesraro@yahoo.es
me ha gustado mucho este articulo último